Explicado según el Artículo 79 de la Ley 21.325 y el Artículo 65 del Reglamento de Migraciones.
Si tienes residencia temporal en Chile y estás planificando tu solicitud de residencia definitiva, es importante conocer cuánto tiempo puedes estar fuera del país sin que afecte tu postulación.
La Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería y su Reglamento (D.S. N° 296/2022) establecen que las ausencias prolongadas del país o las infracciones migratorias pueden aumentar el tiempo exigido de residencia antes de poder postular a la definitiva.
Este artículo te explica, en lenguaje simple, qué dicen los artículos 79 y 65, cómo se aplican los plazos y qué debes evitar para no poner en riesgo tu avance hacia la residencia definitiva.
Residencia definitiva en Chile, ausencias del país, Ley 21.325 artículo 79, Reglamento artículo 65, requisitos residencia definitiva, Portal Inmigrantes.
⚖️ Base legal: artículos 79 de la Ley 21.325 y 65 del Reglamento
🔹 Artículo 79 de la Ley N° 21.325
Dispone que:
Se podrá otorgar la residencia definitiva a los extranjeros que hayan residido en Chile como titulares de un permiso temporal por al menos 24 meses.
Sin embargo, este plazo puede aumentarse hasta 48 meses si existen factores personales que lo justifican, como:
El mismo artículo también permite que el reglamento reduzca el plazo a menos de dos años (pero nunca menos de uno) en casos especiales, como:
🔹 Artículo 65 del Reglamento de la Ley (D.S. N° 296/2022)
Desarrolla cómo se aplica el criterio de ausencias del país y otros factores que afectan el tiempo exigido para postular a la residencia definitiva.
Según el numeral 3 del artículo 65, el tiempo mínimo de residencia temporal dependerá de la cantidad de meses que el solicitante haya estado fuera de Chile.
📊 Tabla: tiempos de residencia exigidos según las ausencias del país
|
Rango de meses de ausencia |
Tipo de ausencia |
Tiempo mínimo de residencia temporal exigido para postular a la definitiva |
|
Hasta 2 meses (continuos o discontinuos) |
Ausencias breves (viajes cortos, vacaciones, visitas familiares) |
24 meses |
|
Más de 2 hasta 6 meses |
Ausencias moderadas (estadías temporales en el extranjero) |
30 meses |
|
Más de 6 hasta 12 meses |
Ausencias prolongadas (viajes laborales o familiares extensos) |
36 meses |
|
Más de 12 meses (continuos o discontinuos) |
Ausencias extensas o repetidas |
48 meses |
📌 La tabla se aplica solo a residentes temporales titulares que buscan postular a la definitiva. Las ausencias se cuentan en total, sean continuas o por viajes acumulados durante el periodo de residencia.
Otros factores que pueden aumentar el plazo
Además de las ausencias, el reglamento considera otros criterios que pueden extender el tiempo necesario para postular:
|
Criterio |
Descripción |
Tiempo adicional exigido |
|
Falta de medios de vida |
Ingresos familiares bajo el umbral mínimo definido por el Ministerio de Desarrollo Social. |
Hasta 36 meses de residencia. |
|
Inestabilidad laboral |
Haber trabajado menos de la mitad del tiempo de residencia. |
Hasta 36 meses. |
|
Infracciones migratorias leves |
Multas o sanciones administrativas del Título VII de la ley. |
30 a 36 meses, según reincidencia. |
|
Infracciones graves o reiteradas |
Permanencia irregular o sanciones graves. |
42 a 48 meses. |
|
Otras infracciones legales (laborales, tributarias, etc.) |
Infracciones firmes o ejecutoriadas. |
Mínimo 36 meses, definido por el SERMIG según la gravedad. |
En palabras simples
➡️ Si llevas dos años en Chile con residencia temporal y no has salido más de dos meses en total, puedes postular a la residencia definitiva.
➡️ Si has viajado más o tuviste sanciones, el plazo se extiende proporcionalmente según el tiempo fuera del país y las infracciones registradas.
➡️ Si tienes familia chilena, inversiones o contribuciones significativas, el plazo puede reducirse incluso a un año.
Recomendaciones prácticas
✅ Controla tus viajes: Evita ausentarte más de dos meses al año si planeas postular a la definitiva pronto.
✅ Guarda tus respaldos: Mantén copias de pasajes, justificativos laborales o médicos de tus viajes, por si el SERMIG los solicita.
✅ Verifica tu estabilidad laboral: Asegúrate de tener cotizaciones continuas o ingresos regulares durante tu periodo de residencia.
✅ Evita infracciones migratorias: Paga tus multas a tiempo y regulariza cualquier error antes de postular.
✅ Consulta profesional: Un abogado migratorio puede calcular con precisión tus plazos según tus ausencias y antecedentes.
Conclusión
El número y duración de tus ausencias del país puede marcar la diferencia entre poder postular o tener que esperar hasta cuatro años para acceder a la residencia definitiva.
La clave es mantener una presencia constante en Chile, demostrar arraigo y estabilidad económica, y documentar cada salida o retorno.
En Portal Inmigrantes te orientamos paso a paso para calcular tus tiempos, revisar tus antecedentes y presentar tu postulación correctamente, sin errores ni rechazos evitables.
📩 ¿Listo para revisar tu caso?
📞 Contáctanos por WhatsApp o correo a magly.magliacane@portalinmigrantes.com
💼 Primera evaluación sin costo.
📘 Fuente legal: Ley N° 21.325, artículo 79; D.S. N° 296/2022, artículo 65 N° 3 (Ley Chile, vigente al 22 de octubre de 2025).
Presenta tu caso ESCRIBIR AL WHATSAPP
#MigraciónChile #RechazoResidencia #AbandonoDelPaís #Ley21325 #DS296 #Decreto177 #DebidoProceso #UnidadFamiliar #AsesoríaMigratoria #ausenciasdelpais